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Certificado de libre circulación de objetos de arte y objetos de colección

¿Qué es el certificado de libre circulación? Se trata de una autorización, concedida por la oficina de exportación competente, que permite la salida definitiva de determinadas obras de arte de nuestro país y su circulación dentro de la Comunidad, por motivos comerciales, sin causar con ello daño a la integridad del patrimonio cultural nacional de Italia.

Sin embargo, la emisión del certificado por sí sola no permite que la obra salga de la Unión Europea: en este caso también se requiere una licencia de exportación.

Las obras de arte para las que se requiere un certificado de libre circulación pueden pertenecer a cualquier persona, ser de interés cultural, ser de un artista fallecido y haber sido creadas hace más de 70 años.

¿Cuál es el proceso práctico para obtener un certificado de libre circulación?

Cualquier persona interesada en exportar definitivamente una obra de arte desde Italia deberá comunicarlo a la oficina de exportación competente. El informe deberá contener la siguiente información: valor de mercado de cada obra, nombre, apellidos y dirección del propietario, destino de la obra, nombre, apellidos y dirección del destinatario. En el plazo de 3 días desde el informe, la oficina de exportación, después de examinar la obra, notifica a varias oficinas ministeriales (Comando de Carabineros para la Protección de los Bienes Culturales), que deben realizar las investigaciones adecuadas y comunicar cualquier información útil recopilada a la oficina de exportación en el plazo de 10 días. En la mayoría de los casos, el procedimiento concluye en un plazo de 40 días desde la presentación de la reclamación y se notifica al interesado el resultado. Si dentro de los mismos cuarenta días la oficina de exportación propone al Ministerio comprar la obra (a un precio correspondiente al valor de mercado declarado), el plazo para expedir el certificado se prorrogará por otros sesenta días. El propietario de la obra de arte puede siempre evitar la compra forzosa por parte del Estado renunciando a exportarla. Las consecuencias de la negación del certificado se explican fácilmente: la imposibilidad de que el trabajador salga de nuestro país y su exposición a diversas restricciones.
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